
Sí, es completamente legal comisionar a un empleado en España, siempre que se cumplan los requisitos del Estatuto de los Trabajadores y la normativa laboral. La comisión es una forma de retribución variable que se añade al salario base, y puede aplicarse a cualquier empleado, siempre que el contrato lo especifique y se respete el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como garantía. En 2026, el SMI se sitúa en 1.184 €/mes (14 pagas), por lo que la parte fija nunca puede ser inferior a esa cantidad.
La clave está en definir claramente en el contrato: el porcentaje de comisión, el período de cálculo (mensual, trimestral), los objetivos vinculados y las condiciones de cobro (por ejemplo, cuando se cobre la venta, no en el momento de firmar). Además, el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores exige que la retribución variable sea objetiva y medible. Por ejemplo, en el sector de reclutamiento, un cazatalentos puede recibir un 10% del fee del cliente por cada candidato colocado.
| Aspecto legal | Requisito |
|---|---|
| Tipo de contrato | Indefinido o temporal, pero debe incluir cláusula de comisiones |
| Garantía mínima | Salario base + comisiones no puede ser inferior al SMI |
| Objetivos | Específicos, cuantificables y comunicados por escrito |
| Pago | Se debe liquidar con la , con cotización a la Seguridad Social |
Importante: si el empleado solo recibe comisiones (sin salario fijo), se consideraría un autónomo dependiente (TRADE), no un empleado por cuenta ajena. Para evitar fraudes, la Inspección de Trabajo exige que haya un mínimo fijo que garantice la estabilidad del trabajador.
En resumen, comisionar es una herramienta excelente para motivar el rendimiento, pero hay que documentarlo bien y cumplir con la legalidad. Si tienes dudas sobre tu caso concreto, consulta a un asesor laboral.

Desde mi experiencia, comisionar a un empleado es una jugada maestra para equipos de o reclutamiento. Yo lo hago con mis captadores de talento: un 15% del fee por cada colocación. Pero ojo, no vale con un apretón de manos. Lo dejamos todo por escrito: objetivos mensuales, umbrales de comisión y cómo se reparte si el cliente paga a plazos. Así evitamos malentendidos y el equipo se siente dueño de su sueldo. Lo que me ha funcionado es que la comisión sea progresiva: si superan la meta, el porcentaje sube. Eso genera más compromiso.

La verdad, cuando empecé a trabajar, la idea de cobrar solo comisiones me daba miedo. Prefiero un salario fijo y saber a qué atenerme cada mes. Pero luego entendí que, bien planteada, la comisión puede ser un extra motivador. En mi primer trabajo en , tenía un fijo de 1.200 € y un 5% de comisión. Algunos meses duplicaba el sueldo. El truco está en que el fijo cubra lo básico y la comisión sea un plus. Si te ofrecen solo comisión, huye: es un riesgo demasiado grande para un empleado.

Como alguien que ha asesorado a varias pymes, te digo: comisionar es legal, pero no para todos los puestos. Un empleado de atención al cliente no debería cobrar comisiones, porque no tiene control directo sobre las . En cambio, para roles comerciales o de reclutamiento, es ideal. Lo que más veo son errores en la redacción del contrato: no especificar cómo se calcula la comisión o incluir cláusulas abusivas como "si el cliente no paga, no cobras". Eso es ilegal. La comisión debe pagarse aunque el cliente demore el pago, salvo pacto en contrario. Siempre recomiendo revisar el convenio colectivo del sector, porque algunos establecen topes.

Soy dueño de una agencia pequeña de selección y desde el año pasado comisiono a mis dos . Les pongo un fijo de 1.000 € y una comisión del 10% sobre el primer año de sueldo del candidato colocado. Al principio dudaba por la burocracia, pero es más sencillo de lo que parece. Lo crucial es registrar las comisiones en la nómina y cotizar por ellas. Además, noto que la productividad subió un 30% desde que implementamos el sistema. Eso sí, todos los meses revisamos juntos los objetivos para que nadie se sienta engañado. La transparencia es la base.


