
Claro, la respuesta directa es: en España, la obligación de pagar la Social (equivalente al IGSS en otros países) comienza desde el primer empleado contratado. No existe un umbral mínimo de plantilla. En cuanto contratas a una persona, debes darle de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y empezar a cotizar. Esto incluye tanto las aportaciones de la empresa como las del trabajador, que se descuentan de su salario.
Si eres autónomo y contratas a un empleado, además de tu propia cuota de autónomos, tendrás que asumir las cotizaciones de ese trabajador. El proceso implica registrarte como empresa (si no lo estás), obtener un código de cuenta de cotización y presentar los seguros sociales cada mes. Las bases de cotización dependen del grupo profesional y del salario, pero la obligación nace con la primera contratación.
Para que te hagas una idea de las tasas generales, aquí tienes una tabla resumen de los tipos de cotización (2025):
| Concepto | Aportación empresa | Aportación trabajador |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 23,60% | 4,70% |
| Desempleo (tipo general) | 5,50% | 1,55% |
| Formación profesional | 0,60% | 0,10% |
| FOGASA | 0,20% | 0% |
Estos porcentajes se aplican sobre la base de cotización mensual. No importa si tienes un empleado o cien: las obligaciones arrancan con la primera persona contratada. Así que, si estás pensando en contratar, prepárate para asumir estos costes desde el día uno.

Yo tengo una pequeña tienda y siempre pensé que solo había que pagar IGSS (o Social) si tenías más de cinco empleados. Menuda sorpresa cuando me enteré de que desde el primer trabajador ya tienes que darlo de alta y cotizar. Me costó un dineral de recargo porque no lo sabía. Ahora lo tengo clarísimo: contrato a alguien y al día siguiente lo registro. No hay mínimo ni excepción.

En mi empresa, que somos unas 50 personas, la de la Seguridad Social es rutina. Pero muchos clientes me preguntan si hay un número mágico de empleados a partir del cual se empieza a pagar. La respuesta es no: la obligación existe desde el empleado número uno. Lo que sí cambia son los plazos y los bonificaciones para ciertos colectivos, pero la cotización es inexcusable desde el principio.

Soy autónoma y a veces contrato a alguien para proyectos puntuales. Pensaba que como era temporal no hacía falta pagar IGSS, pero resulta que cualquier contrato, por corto que sea, exige alta en la Social. Incluso por un día de trabajo. Eso sí, hay un sistema de bonificaciones para contratos muy cortos que reduce el coste, pero no elimina la obligación.

Acabo de terminar la carrera y estoy buscando trabajo. Un amigo me dijo que las empresas pequeñas no pagan Social hasta que tienen muchos empleados. Eso es falso, según he investigado. Cualquier empresa, desde el primer empleado, paga IGSS (o Seguridad Social). Por eso algunas startups dudan en contratar, porque el coste es inmediato. Pero desde el punto de vista del trabajador, es bueno saber que tus derechos están cubiertos desde el día uno.


