
Claro, te respondo directamente: el cálculo de la liquidación para un empleado que ha trabajado 3 meses depende del tipo de contrato y del motivo de la finalización. Si fue un contrato temporal que termina por su duración prevista, no hay indemnización legal (salvo que el convenio colectivo diga lo contrario). Lo que debes pagar es el salario de los días trabajados hasta la fecha de fin, más la parte proporcional de vacaciones no disfrutadas y de las pagas extraordinarias (si están prorrateadas o no). Por ejemplo, si el empleado no ha cogido vacaciones, le corresponden 2,5 días por cada mes trabajado (30 días al año), es decir, unos 7,5 días de vacaciones. Además, hay que liquidar la parte de las pagas extras si no están incluidas en el salario mensual. Si el despido es improcedente (sin causa justa), la indemnización sería de 12 días por año trabajado (para contratos temporales antiguos) o 33 días por año (para contratos indefinidos), pero al ser solo 3 meses, la cantidad es muy pequeña (menos de un mes de salario). Te recomiendo usar una calculadora oficial o consultar a un gestor laboral, porque cada convenio tiene particularidades. Aquí te pongo una tabla orientativa de los conceptos habituales:
| Concepto | ¿Cómo se calcula? |
|---|---|
| Salario pendiente | Días del mes no pagados (desde la última hasta la fecha de fin) |
| Vacaciones no disfrutadas | 2,5 días por mes trabajado (o la proporción según convenio) |
| Pagas extra proporcionales | Si no están prorrateadas, se calculan 1/6 del salario anual por cada mes |
| Indemnización por despido | Solo si el fin no es voluntario ni por fin de contrato; depende de la causa |
Importante: no te olvides de incluir los descuentos de Seguridad Social e IRPF en la nómina de liquidación. Si tienes dudas, un asesor laboral te aclarará el importe exacto.

Yo, como pequeña empresaria, la primera vez que liquidé a un empleado a los 3 meses me volví loca. Lo que hice fue sumar el sueldo bruto de los días, las vacaciones no cogidas y las pagas extras proporcionales. Al final, el importe no fue muy alto porque al ser contrato temporal no había indemnización. Pero sí, hay que tener cuidado con los convenios: algunos sectores obligan a pagar un plus de fin de contrato aunque sea temporal. Mi consejo: usa un programa de nóminas o pide ayuda a un gestor, porque si te equivocas, el empleado puede reclamar. Y asegúrate de darle el finiquito firmado y el certificado de empresa.


