
No, no es obligatorio trabajar los feriados para los empleados de comercio en España, salvo que el convenio colectivo aplicable o un acuerdo individual lo establezca de forma explícita. La regulación general parte del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce los festivos como días de descanso retribuido. En el sector comercio, muchos convenios permiten la apertura en domingos y festivos, pero siempre con carácter voluntario para el trabajador o con compensaciones específicas (descanso sustitutivo, plus económico, etc.).
Por ejemplo, en comunidades como Madrid o Cataluña, los convenios de comercio suelen fijar un número máximo de domingos y festivos laborables al año (entre 8 y 12), y el trabajador puede aceptar o rechazar esos turnos. Si no hay un acuerdo previo, forzar la asistencia en un festivo vulnera el derecho al descanso semanal y puede dar lugar a ante la Inspección de Trabajo.
Además, si el empleado trabaja un festivo, la ley obliga a compensarlo con un descanso equivalente dentro de los siete días siguientes o a abonarlo con un recargo –habitualmente del 75% al 150% sobre el salario base–, según lo que recoja el convenio.
En la práctica, muchas empresas de comercio negocian con la plantilla un calendario de festivos laborables al inicio del año, dejando claro que la participación es voluntaria. Si un empleado se niega, no puede ser sancionado por ello. Por eso, antes de aceptar un turno festivo, recomiendo revisar el convenio colectivo del sector y, si hay dudas, consultar con un delegado sindical o con la asesoría laboral de la empresa.
En resumen: trabajar en feriados es un derecho del empleado, no una obligación, y cualquier presión en sentido contrario puede ser ilegal.

Como dueño de una pequeña tienda de barrio, entiendo la tentación de abrir en festivos para no perder , pero sé que no puedo obligar a mis empleados. Lo que hago es proponerlo con antelación y ofrecer un plus económico atractivo, además de un día libre compensatorio. La mayoría acepta porque les viene bien el dinero extra, pero si alguien dice que no, lo respeto sin problema. Obligarles solo genera mal ambiente y posibles denuncias. Al final, prefiero tener un equipo motivado que arriesgarme a una sanción.

Desde el punto de vista de recursos humanos, lo fundamental es alinear la de festivos con el convenio colectivo y la normativa laboral. En los procesos de onboarding, dejamos claro que los turnos en días festivos son voluntarios y se compensan según tabla. Por ejemplo, en nuestro convenio de gran comercio, el recargo es del 100% sobre la hora ordinaria más un día de descanso. Si un empleado rechaza trabajar un festivo, no puede haber represalias. Para evitar conflictos, planificamos con un mes de antelación y priorizamos a quienes se ofrecen voluntarios.

Como delegado sindical, lo repito siempre: ningún empleado de comercio está obligado a trabajar un festivo, salvo que el convenio lo exija y haya sido negociado con los representantes de los trabajadores. He visto casos de empresas que intentan presionar con amenazas de despido o recorte de horas. Eso es ilegal. Si un compañero se siente presionado, le aconsejo que recoja pruebas (mensajes, correos) y contacte con el sindicato. La Inspección de Trabajo actúa rápido si hay denuncias. Además, muchos convenios ya incluyen cláusulas que protegen la voluntariedad. No firmes nada que renuncie a tu derecho al descanso.

Como consultor especializado en relaciones laborales, veo que la confusión surge porque el comercio tiene horarios especiales respecto a otros sectores. La clave está en el convenio colectivo: algunos establecen que trabajar un festivo es obligatorio (pocos, y solo si se compensa con descanso semanal), pero la mayoría lo deja en manos de un acuerdo individual. Mi recomendación a las empresas es documentar la oferta voluntaria y dejar registro de la aceptación. A los empleados, revisar su convenio es el primer paso. En 2026, con la nueva normativa de conciliación, es previsible que se refuerce aún más la voluntariedad.


