
Claro, te explico cómo calcular las vacaciones de un empleado en España, basándome en la normativa laboral vigente. Lo primero que debes saber es que el mínimo legal son 30 días naturales por año trabajado (o 22 días laborables, según el convenio colectivo). Para calcular la parte proporcional, se divide el número de días de vacaciones entre 12 meses (o 365 días) y se multiplica por los meses o días trabajados.
Por ejemplo, si un empleado ha trabajado 6 meses completos y su convenio establece 30 días naturales, le corresponden 15 días naturales (30/12 × 6). Si se usan días laborables, sería 22/12 × 6 = 11 días laborables. Importante: los períodos de baja médica, maternidad o paternidad no descuentan días de vacaciones, pero sí se computan como tiempo trabajado a efectos de cálculo.
Aquí tienes una tabla resumen para los casos más comunes:
| Período trabajado | Días naturales (30 días/año) | Días laborables (22 días/año) |
|---|---|---|
| 1 mes | 2,5 días | 1,83 días |
| 3 meses | 7,5 días | 5,5 días |
| 6 meses | 15 días | 11 días |
| 9 meses | 22,5 días | 16,5 días |
| 12 meses | 30 días | 22 días |
Recuerda que el convenio colectivo puede mejorar estos mínimos (por ejemplo, 23 días laborables). Además, las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural y, si no se toman, la empresa debe pagarlas en el finiquito. No olvides que el trabajador debe conocer sus días con al menos dos meses de antelación.

Pues mira, yo lo calculo así: cojo los días trabajados desde que entró hasta hoy, los divido entre 365 y los multiplico por 30. Si entró en marzo, pues hasta agosto son unos 5 meses, entonces 5/12 de 30 = 12,5 días. Redondeo siempre a favor del empleado, porque si no luego se quejan. Lo importante es mirar el convenio, porque algunos usan días laborables y ahí cambia todo. Por ejemplo, si son 22 laborables, para 5 meses serían 22/12×5 = 9,16 días, pero yo suelo redondear a 10 para que nadie se enfade. Y ojo, que si ha tenido una baja por enfermedad, esos días cuentan como trabajados, así que no se descuentan.

En mi experiencia, lo más sencillo es usar una regla de tres: vacaciones totales anuales dividido entre 12, y multiplicado por meses completos trabajados. Si son días naturales, 30/12 = 2,5 días por mes. Si son laborables, 22/12 = 1,83 días por mes. Pero cuidado: si el empleado empezó a mitad de mes, se calcula por días: (días de vacaciones anuales / 365) × días trabajados en el año. Por ejemplo, 30/365 × 200 días = 16,44 días. Yo siempre lo pongo por escrito en el contrato para evitar confusiones.

A ver, yo llevo años en RRHH y lo que hago es aplicar el porcentaje directamente: si el empleado ha trabajado el 40% del año, le toca el 40% de las vacaciones. Pero ojo, el Estatuto de los Trabajadores dice que como mínimo 30 días naturales, así que si su convenio no dice otra cosa, ese es el tope. Lo más justo es calcular por días laborables, porque si usas naturales, los fines de semana cuentan y el empleado pierde días de descanso real. Por ejemplo, con 22 laborables, 6 meses son 11 días de lunes a viernes, que son casi dos semanas enteras. Eso suele gustar más a todos.

Bueno, yo calculo las vacaciones con una fórmula muy simple: días totales de vacaciones según convenio, dividido entre 365, y multiplicado por los días que el empleado ha estado en alta. Si el convenio marca 30 días naturales, da 0,0822 días por cada día trabajado. Para 180 días trabajados, serían 14,8 días. Redondeo siempre al alza porque la ley ampara al trabajador en caso de duda. Eso sí, pongo todo en una tabla Excel con las fechas exactas de entrada y salida, y luego lo firmamos. Así no hay malentendidos cuando llega el momento de pedir las vacaciones.


