
Los becarios, en la gran mayoría de los casos en México, no tienen derecho legal a vacaciones pagadas como los trabajadores bajo un contrato laboral formal, ya que su relación se basa en un convenio de beca o de prácticas profesionales, no en una jornada laboral subordinada. Sin embargo, es una práctica común en empresas formales ofrecer periodos de descanso no remunerados o ajustar las fechas de la beca, y en algunos esquemas de beca-salario, pueden existir prestaciones limitadas. La clave está en el tipo de convenio y si se cumple con los criterios de subordinación y pago de cuotas al IMSS.
| Tipo de Esquema / Convenio | Derecho a Vacaciones Pagadas (Aguinaldo, Prima Vacacional) | Descansos / Consideraciones Comunes |
|---|---|---|
| Beca de Prácticas (Educativa) | No aplica. No hay relación laboral. | Descansos acordes al calendario escolar o acordados con el supervisor. Sin pago. |
| Beca-Salario (Empresa Formal) | Generalmente NO, a menos que el becario esté dado de alta en el IMSS. | Puede haber días de descanso pactados (ej. 1 día por mes trabajado) sin goce de sueldo, o se suspende el pago de la beca. |
| Contrato por Tiempo Determinado (Ley Federal del Trabajo) | SÍ. Derecho proporcional a 6 días de vacaciones (tras 1 año) y aguinaldo. | El becario es en realidad un empleado. Debe tener todas las prestaciones de ley (IMSS, INFONAVIT). |
La diferencia crucial la define la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS): si existe subordinación (horario fijo, supervisión directa, tareas propias de un puesto) y pago por un servicio, debería existir un contrato laboral con todos los derechos. Muchas empresas evaden esta responsabilidad con el esquema de "beca". Un cálculo simple para un becario que recibe $8,000 MXN mensuales: si tuviera contrato, por 6 meses de servicio le corresponderían aproximadamente 3 días de vacaciones y una prima vacacional del 25%, lo que sumaría un pago extra de unos $1,000 MXN netos, además de aguinaldo proporcional. Datos de plataformas como OCCMundial y Computrabajo muestran que menos del 30% de las ofertas de "becario" o "practicante" mencionan prestaciones superiores a la ley, confirmando que la mayoría opera sin contrato formal. La recomendación es siempre preguntar por escrito las condiciones de descanso y, si las tareas son de un empleado, acercarse a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para asesoría.

Yo estuve de becario en una empresa de consultoría en CDMX por 10 meses, con un "apoyo" de $12,000 al mes, depositado quincenalmente. En la entrevista me dijeron que por ser beca no había vacaciones pagadas, pero que podía coordinar con mi manager para tomarme una semana sin pago cuando lo necesitara. Al final, por la carga de trabajo, solo tomé 3 días sueltos en todo el periodo. Cuando les pregunté sobre el aguinaldo en diciembre, RRHH me explicó muy amablemente con un folleto que al no estar en ni tener IMSS, no aplicaba. Aprendí que si el título dice "becario", aunque trabajes tiempo completo en un proyecto, tus derechos se reducen a lo que la empresa quiera otorgar por buena voluntad.

En la maquiladora donde trabajo en Monterrey, a los becarios de les dan una semana de descanso forzoso en diciembre (cuando cierra la planta) y otra en verano. No les pagan esas semanas, simplemente no vienen y no reciben el depósito de su beca-salario. Es un trato conocido desde que entran. Para ellos es como unas mini-vacaciones no planeadas y sin ingreso.

Desde el punto de vista legal, la Ley Federal del Trabajo no reconoce la figura del "becario" como tal. O existe una relación laboral con todos los derechos (vacaciones, aguinaldo, IMSS), o existe un convenio académico/formativo sin esos derechos. El problema es la simulación: muchas empresas contratan bajo el nombre de beca para no pagar prestaciones. Si un joven tiene un horario de entrada y salida, reporta a un jefe, y realiza actividades productivas para la empresa, un abogado laboral podría argumentar con éxito que existe una relación de trabajo encubierta. La PROFEDET atiende estas consultas. Lo correcto sería que, tras un periodo inicial de prueba o capacitación, se formalice con un contrato, especialmente en prácticas profesionales de más de 3 meses.

Como recién egresado, en mi primera búsqueda prioricé el aprendizaje y el nombre de la empresa en mi CV. Acepté una beca sin prestaciones. Hoy, con más experiencia, negocio: si la empresa no da vacaciones pagadas, pido un sueldo neto más alto (un 15-20%) para compensar y crear mi propio fondo para tiempos de descanso. Es una forma de ponerle valor a tu tiempo desde el principio.


