
Claro, te lo explico directamente. Las faltas administrativas de los empleados se gestionan mediante un proceso disciplinario progresivo, que debe estar alineado con el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo aplicable. En España, este proceso diferencia entre faltas leves, graves y muy graves, y su manejo requiere documentación exhaustiva y proporcionalidad en la sanción.
Lo primero es tipificar la falta en el convenio o en el reglamento interno de la empresa. Por ejemplo, un retraso reiterado de 10 minutos se considera falta leve, mientras que una indisciplina grave o el acoso laboral son muy graves. Una vez identificada, se debe notificar por escrito al empleado con detalle de los hechos, la fecha y la sanción propuesta. Para faltas graves o muy graves, la ley exige un plazo de prescripción (60 días para las muy graves desde que la empresa tuvo conocimiento) y, en muchos casos, un pliego de descargos donde el trabajador pueda defenderse.
Para que te hagas una idea de la clasificación y las sanciones típicas, aquí tienes una tabla resumen basada en la práctica habitual en empresas españolas:
| Tipo de falta | Ejemplos comunes | Sanción habitual | Plazo de prescripción |
|---|---|---|---|
| Leve | Retrasos esporádicos, pequeño descuido | Amonestación verbal o escrita | 10 días |
| Grave | Faltas de asistencia injustificadas, desobediencia leve | Suspensión de empleo y sueldo de 1 a 15 días | 20 días |
| Muy grave | Acoso, fraude, violencia, indisciplina grave | Despido disciplinario | 60 días |
Un error muy común es saltar directamente a un despido sin haber seguido el proceso gradual. Por ejemplo, si un empleado comete una falta grave, lo correcto es aplicar una suspensión de empleo y sueldo y dejar constancia escrita. Además, es fundamental que las sanciones no sean desproporcionadas ni discriminatorias, porque si no el trabajador podría impugnarlas judicialmente y la empresa tendría que justificar la medida.
En mi experiencia, lo más eficaz es establecer un protocolo interno claro que todos conozcan, y formar a los mandos intermedios para que sepan documentar cada incidente. Así se evitan malentendidos y se protege tanto a la empresa como al empleado. Recuerda que la comunicación y la transparencia son clave: un empleado que sabe qué esperar y cómo subsanar su conducta suele corregirla mucho más rápido.

Pues mira, desde mi punto de vista, lo fundamental es no dejar pasar las faltas pequeñas porque luego se acumulan y crean un mal ambiente. Yo creo que hay que hablar con el empleado en privado, nada de echárselo en cara delante de otros. Le explicas claramente qué ha hecho mal y le das la oportunidad de corregirlo. Si es algo leve, con una charla suele bastar. Pero si se repite, entonces ya toca ponerlo por escrito, porque si no, luego no tienes pruebas. Ojo, siempre con respeto, que nadie es perfecto. Y si el empleado reacciona bien y mejora, mejor para todos.

En mi empresa seguimos un proceso muy estructurado. Primero, abrimos un expediente disciplinario con todos los hechos, pruebas y testigos si los hay. Luego damos al empleado un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones. Después evaluamos la gravedad y la reincidencia. No recomendamos sanciones económicas directas porque pueden ser ilegales sin base en convenio. Lo que sí funciona es la suspensión temporal de empleo y sueldo para faltas graves, siempre documentada. Y si es muy grave, el despido disciplinario, pero con el asesoramiento de un abogado laboralista para evitar demandas.

Como representante sindical, te digo que muchas empresas se saltan el procedimiento y aplican sanciones sin justificación o sin dar derecho a defensa. Eso es nulo. Lo correcto es que el empleado reciba una carta de sanción con todos los detalles y su firma de recibí. Si no está de acuerdo, puede impugnar. Además, las faltas deben estar tipificadas en el convenio; si no, no se pueden sancionar. Por ejemplo, una falta leve no puede conllevar suspensión de empleo y sueldo. Mi consejo: siempre con asesoramiento jurídico, tanto para la empresa como para el trabajador.

Yo soy autónomo con 5 empleados. Las faltas administrativas las manejo de forma muy directa y humana. Si alguien llega tarde, primero pregunto si le pasa algo. Si es un patrón, le recuerdo el horario y lo anoto en un registro interno. Para faltas graves, sí, tengo un modelo de carta de amonestación que adapto. Pero intento siempre resolverlo con diálogo antes de aplicar sanciones formales, porque en un equipo pequeño el ambiente es clave. Eso sí, si el empleado no reacciona, no me queda otra que aplicar el convenio y si es muy grave, el despido. Pero siempre con la asesoría de un gestor.


