
Sí, puedes contratar a tu hijo de 17 años en México, pero es estrictamente necesario formalizar la relación laboral con un contrato por escrito, inscribirlo en el IMSS y respetar las protecciones especiales que la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece para los menores de 18 años. La LFT, vigilada por la STPS, permite el trabajo a partir de los 15 años con autorización de los padres o tutores y del inspector del trabajo. Sin embargo, para jóvenes de 16 y 17 años, la autorización parental por escrito es suficiente, siempre que no realicen peligrosos, nocturnos (entre las 22:00 y las 6:00 horas) o en expendios de bebidas alcohólicas. El salario debe ser igual al de un adulto en el mismo puesto y la jornada máxima es de 6 horas diarias/36 semanales, idealmente en turno matutino o vespertino. Un error común es pensar que por ser familiar se puede pagar un “ayudante” sin prestaciones; la ley obliga al pago de sueldo bruto, aportaciones al IMSS (con registro del NSS del menor), INFONAVIT, y el cálculo de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. El incumplimiento puede generar multas de la STPS y la obligación de pagar liquidaciones retroactivas.
Para un puesto como auxiliar administrativo o apoyo en ventas, el sueldo mensual bruto puede variar. Un cálculo estimado del sueldo neto para un salario bruto de $7,500 MXN mensuales, considerando las deducciones estándar del IMSS e ISR (con subsidio al empleo por ingresos bajos), dejaría un ingreso neto aproximado de $7,100 a $7,300 MXN al mes. Es crucial diferenciar este pago formal de simplemente dar “domingo”.
| Concepto | Detalle para un menor de 18 años |
|---|---|
| Base legal | Ley Federal del Trabajo, Título Quinto, Capítulo I (Trabajo de los Menores) |
| Jornada máxima | 6 horas diarias / 36 horas por semana |
| Horario prohibido | Trabajo nocturno (22:00 - 06:00 hrs) |
| Prestaciones obligatorias | IMSS, INFONAVIT, aguinaldo (15 días mínimo), vacaciones (primer año: 12 días), prima vacacional (25%) |
| Documentación clave | Contrato por escrito, autorización parental, CURP, RFC, NSS, certificado médico (en algunos casos) |
El proceso conlleva trámites como obtener su RFC y NSS si no los tiene, y darle de alta en el régimen de salarios del SAT. Aceptar esta formalidad, aunque implique un costo inicial por las cuotas patronales, evita problemas graves con la autoridad laboral y le enseña a tu hijo sus derechos y responsabilidades como trabajador formal desde el inicio de su vida laboral.

Yo tengo un pequeño taller en Guadalajara y contraté a mi sobrino de 17 años el año pasado como ayudante general. La verdad, casi caigo en la trampa de solo pagarle en efectivo cada semana, pero mi contador me advirtió del riesgo. Al final, hicimos un contrato por tiempo indeterminado, le dimos de alta en el IMSS y le pagamos el salario mínimo vigente por su jornada de 6 horas. Al mes, entre su sueldo y las cuotas patronales, se va como unos $9,000 pesos mexicanos en total. Pero la paz mental vale mucho: él ya tiene su afore, seguro social y yo duermo tranquilo sin miedo a una inspección de la STPS. Lo pusimos en turno matutino, de 9 a 3, y así puede seguir estudiando su prepa abierta por las tardes.

Como mamá y dueña de una papelería en Puebla, pienso que sí se puede, pero con el objetivo claro de que aprenda, no solo de ahorrarse un sueldo. A mi hija le pagamos lo mismo que le pagaríamos a cualquier otro empleado por hacer las mismas tareas de atención al cliente y organización de inventario. Lo más valioso fue que ella misma vio cómo se hacía su , lo que se descuenta para el IMSS y para qué sirve. Es una lección práctica de educación financiera y laboral que no te da la escuela. Eso sí, hay que ser estrictos con los horarios para que no interfiera con la escuela.

Hablando como el “hijo” en esta situación: trabajé con mi papá en su negocio de materiales en Monterrey desde los 17. Al principio era solo “ayudar” los sábados, pero luego ya era casi tiempo completo después de la escuela. El problema fue que nunca hubo un contrato, ni IMSS, ni nada formal. Cuando a los 19 conseguí mi primer trabajo formal en una oficina, me di cuenta de todo lo que había perdido: esos años no contaron para mi historial en el Infonavit, no se cotizaron para mi retiro y fue una experiencia que no podía poner bien en mi CV porque no tenía cómo comprobarla. Mi consejo para los padres es que, si de verdad quieren ayudar a sus hijos, que lo hagan bien desde el inicio. Que el contrato y el sueldo formal son la base de su futuro de vivienda o hasta de un préstamo personal.

Desde el área de RH en una empresa mediana, hemos recibido esta consulta de dueños de negocio. La respuesta legal es sí, con contrato y todas las prestaciones de ley. El mayor error que vemos es querer pagar solo un “apoyo” semanal sin deducciones. Si el joven sufre un accidente en el local o almacén, la responsabilidad y los gastos médicos recaen completamente en el patrón (el padre), porque no hay seguro social que cubra. Lo más seguro es siempre asesorarse con un gestor o abogado laboral para hacer bien los trámites ante el IMSS y la STPS desde el día uno. La PROFEDET también tiene guías sobre este tema específico.


